Multas por exceso de velocidad 2017

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Como suele suceder año tras año, la Dirección General de Tráfico (DGT) hace caja con las multas relacionadas con el exceso de velocidad. Los radares fijos, móviles y de tramo funcionan a todo trapo para sorprender a los conductores que pisan el acelerador más de la cuenta. ¿El objetivo? Para algunos reducir el número de accidentes en carretera, pero para otros solo responde a una medida recaudatoria más.

La cuantía de las sanciones por exceso de velocidad varía en función de lo mucho o lo poco que se ha superado el límite establecido por las señales de tráfico. Por eso hay sanciones graves y muy graves que en la mayor parte de los casos conllevan una pérdida de puntos del carné de conducir.

Cuadro para excesos de velocidad

Circulando a 31 km/h ya te puedes llevar un disgusto si la velocidad máxima permitida es de 30 km/h. Eso sí, rebasar la velocidad no siempre conlleva una pérdida de puntos, aunque nadie se libra de una multa que como mínimo asciende a 100 euros. En el peor de los casos, cuando la infracción es muy grave, la multa asciende hasta los 600 euros y te quitan 6 puntos del carné.

Existen casos todavía más graves en los que el conductor se queda sin carné de conducir y se enfrenta a penas de prisión. Circular a una velocidad superior a la permitida en 60 km/hora en vía urbana o en 80 km/hora en vía interurbana puede comportar una pena de tres a seis meses. Eso o una multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Y no solo eso, sino que se le prohíbe conducir vehículos a motor o ciclomotores en un periodo de tiempo que puede variar entre uno y cuatro años.

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Pago de multas

Cuando te llega la notificación lo mejor que puedes hacer es pagar dentro del plazo de 20 días naturales, ya que de esta forma te beneficias de un 50% de reducción de la cuantía. Puedes pagar la multa por Internet, llamando al 060, abonando la tasa en una oficina de Correos, en la Jefatura Provincial de Tráfico o en cualquier sucursal de Caixabank (de lunes a viernes en el horario de 8:30 a 14:00 horas).

Presentación de alegaciones

Es posible presentar recursos y alegaciones si no se está de acuerdo con la multa. Para alegar o aportar pruebas hay un plazo máximo de 20 días naturales desde el día siguiente de la recepción de la sanción. El plazo del recurso de reposición es de un mes. La comunicación se realiza a través de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico y es imprescindible contar con certificado digital o DNI electrónico.

5 comentarios

  1. Hola, he recibdo una notificación de trafico con denuncia para p oner el conductor del coche en el día de la infracción, que era mii marido. Pero también queremos pagar la multa con la reducción del 50%. Pero no pone cuanto es la multa.

  2. El día 25/09/2017 circulando por la vía N-332 punto km 0207,400, me para la policía motorizada y me dijo el agente Nº id T37056L unidad 4603 que me iba a poner dos denuncias, una por circular detraes de otro vehículo sin dejar espacio libre que permita detenerse sin colisionar en caso de frenada brusca del vehículo que me precede, la otra me dijo que por hablar con el teléfono móvil, cosa que es totalmente falso, puesto que en caso de llamar o recibir llamadas tengo llevo manos libres en el navegador de mi vehículo, este Sr. policía que me denuncio solo iba a recaudar mi dinero alegando dos cosa que no son ciertas, es un impresentable que se le debería caer la cara de vergüenza y no debería de estas trabajar en esa administración de trafico. Como es su palabra contra la mía no pude hacer nada sobre una de las denuncias, no así sobre la del móvil que le dije que me mostrara las pruebas como me había vistos hablar con el móvil, si me llega haber puesto habría recurrido hasta donde hiciera hecho falta para que sancionaran a este impresentable. Este tipo de denuncias me supongo que se lo habrán hecho a muchos mas conductores y habrán pagado a sabiendas que son falsas y que solo tienen animo de recaudar dinero. Como se puede ser tan sinvergüenza y que la administración no le multen a el por mentiroso.

  3. Hola,e recibido una multa en la cual pone circular a 91kn/h teniendo limitada la velocidad a 80km/h.
    Me pone importe e pagar 100eu,pero lo que si no se si lleva el descuento del 50% o no.
    Si alguien me puede decir algo se lo agradeceria.

    Un saludo y gracias.

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